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Capitulo II de La Ley 769 del 6 de agosto de 2002,

aparecida en el Diario Oficial n煤mero 44.893 del 7 de agosto de 2002, por la cual se expide el C贸digo Nacional de Tr谩nsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.

T I T U L O   I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO II

Licencia de conducci贸n

Art铆culo 17. Otorgamiento. La Licencia de conducci贸n ser谩 otorgada por primera vez a quien cumpla con todos los requisitos descritos en el art铆culo 19 de este c贸digo, por la entidad p煤blica o privada autorizada para el efecto por el organismo de tr谩nsito en su respectiva jurisdicci贸n.

El formato de la licencia de conducci贸n ser谩 煤nico nacional, para lo cual el Ministerio de Transporte establecer谩 la ficha t茅cnica para su elaboraci贸n y los mecanismos de control correspondientes.

Las nuevas licencias de conducci贸n contendr谩n, como m铆nimo, los siguientes datos: nombre completo del conductor, n煤mero del documento de identificaci贸n, huella, domicilio y direcci贸n; fecha de expedici贸n y organismo que la expidi贸.

Dentro de las caracter铆sticas t茅cnicas que deben contener las licencias de conducci贸n se incluir谩n, entre otros, un c贸digo de barra bidimensional electr贸nico, magn茅tico u 贸ptico con datos del registro y un holograma de seguridad. Las licencias de conducci贸n que no cuenten con estos elementos de seguridad deber谩n ser renovadas de acuerdo con la programaci贸n que expida el Ministerio de Transporte al respecto.

Las nuevas licencias de conducci贸n deber谩n permitir al organismo de tr谩nsito confrontar la identidad del respectivo titular de conformidad con las normas de la ley vigentes sobre la materia.

En caso que el aspirante presente certificado expedido por un Centro de Ense帽anza Automovil铆stica, la licencia de conducci贸n solamente podr谩 expedirse en el lugar donde tenga sede dicho centro 鈥渙 en su 谩rea metropolitana鈥.

Art铆culo 18. Facultad del titular. La licencia de conducci贸n habilitar谩 a su titular para manejar veh铆culos automotores de acuerdo con las categor铆as que para cada modalidad establezca el reglamento.

Par谩grafo. El Ministerio de Transporte, reglamentar谩 el Examen Nacional de Aptitud y Conocimientos Espec铆ficos de Conducci贸n, que ser谩 obligatorio presentar y aprobar por todo aspirante para la expedici贸n de la Licencia de Conducci贸n por primera vez o por refrendaci贸n. La vigencia de este examen ser谩 de cinco (5) a帽os, pasados los cuales se deber谩 presentar un nuevo examen.

Art铆culo 19. Requisitos. Podr谩 obtener por primera vez una licencia de conducci贸n para veh铆culos, quien acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos:

Para veh铆culos de servicio diferente del servicio p煤blico:

1. Saber leer y escribir.

2. Tener 16 a帽os cumplidos.

3. Aprobar un examen te贸rico-pr谩ctico de conducci贸n para veh铆culos particulares que realizar谩n los organismos de tr谩nsito de acuerdo con la reglamentaci贸n que expida el Ministerio de Transporte, o presentar un certificado de aptitud en conducci贸n otorgado por un centro de ense帽anza automovil铆stica debidamente aprobado por el Ministerio de Educaci贸n Nacional en coordinaci贸n con el Ministerio de Transporte.

4. Certificado de aptitud f铆sica, y mental para conducir expedido por un m茅dico debidamente registrado ante el Ministerio de Salud antes de que entre en funcionamiento el RUNT o ante el RUNT una vez que 茅ste empiece a operar.

Para veh铆culos de servicio p煤blico:

Los mismos requisitos enumerados anteriormente, a excepci贸n de la edad m铆nima que ser谩 de 18 a帽os cumplidos y de los ex谩menes te贸rico-pr谩cticos, de aptitud f铆sica y mental o los certificados de aptitud de conducci贸n expedidos que estar谩n referidos a la conducci贸n de veh铆culo de servicio p煤blico.

Par谩grafo. Para obtener la licencia de conducci贸n por primera vez, o la recategorizaci贸n  y/o refrendaci贸n de la misma, se debe demostrar ante las autoridades de tr谩nsito la aptitud f铆sica, mental y de coordinaci贸n motriz, vali茅ndose para su valoraci贸n de los medios tecnol贸gicos sistematizados y digitalizados requeridos, que permitan medir y evaluar dentro de los rangos establecidos por el Ministerio de Transporte seg煤n los par谩metros y l铆mites internacionales entre otros: las capacidades de visi贸n y orientaci贸n auditiva, la agudeza visual y campimetr铆a, los tiempos de reacci贸n y recuperaci贸n al encandilamiento, la capacidad de coordinaci贸n entre la aceleraci贸n y el frenado, la coordinaci贸n integral motriz de la persona, la discriminaci贸n de colores y la phoria horizontal y vertical.

Art铆culo 20. El Ministerio de Transporte definir谩 mediante resoluci贸n las categor铆as de licencias de conducci贸n y recategorizaciones, lo mismo que las restricciones especiales que deben tenerse en cuenta para la expedici贸n de las licencias seg煤n cada categor铆a.

Art铆culo 21. Limitados f铆sicos. Quien padezca una limitaci贸n f铆sica parcial podr谩 obtener la licencia de conducci贸n si, adem谩s del cumplimiento de los requisitos que en este C贸digo se se帽alan, demuestra durante el examen indicado en el par谩grafo 煤nico del art铆culo 18, que se encuentra habilitado y adiestrado para conducir con dicha limitaci贸n.

Cuando se requiera el empleo de instrumentos ortop茅dicos y el veh铆culo est茅 provisto de mecanismos u otros medios auxiliares que previa demostraci贸n y constataci贸n le capaciten para el ejercicio de la conducci贸n, bajo su propia responsabilidad, tambi茅n podr谩 obtener la licencia para manejar veh铆culos de servicio p煤blico, pero 煤nicamente de servicio individual.

Par谩grafo. Para el caso de limitaciones f铆sicas progresivas, la vigencia de la licencia de conducci贸n ser谩 determinada mediante la pr谩ctica de un examen m茅dico especial.

Art铆culo 22. Vigencia de la licencia de conducci贸n. Las licencias de conducci贸n para veh铆culos particulares tendr谩n una vigencia indefinida.

Las licencias de conducci贸n para veh铆culos de servicio p煤blico tendr谩n una vigencia de 3 a帽os, al cabo de los cuales se solicitar谩 su renovaci贸n adjuntando un nuevo certificado de aptitud f铆sica y mental y el registro de informaci贸n sobre infracciones de tr谩nsito del per铆odo vencido.

Par谩grafo. Todos los conductores de servicio p煤blico mayores de 65 a帽os deber谩n renovar su licencia de conducci贸n anualmente, demostrando su aptitud mediante certificaci贸n competente e id贸nea.

Art铆culo 23. Renovaci贸n de licencias. La renovaci贸n se solicitar谩 ante cualquier organismo de tr谩nsito o entidad p煤blica o privada autorizada para ello, su tr谩mite no podr谩 durar m谩s de 24 horas una vez aceptada la documentaci贸n.

No se renovar谩 la licencia de conducci贸n mientras subsista una sanci贸n contra su tenencia o el titular de la misma figure como deudor al pago de infracciones debidamente ejecutoriadas.

Art铆culo 24. Recategorizaci贸n. El titular de una licencia de conducci贸n podr谩 solicitar ante un organismo de tr谩nsito o la entidad p煤blica o privada por 茅l autorizada, la recategorizaci贸n de su licencia, para lo cual debe presentar y aprobar un nuevo examen te贸rico-pr谩ctico para la categor铆a solicitada y presentar un certificado de aptitud en conducci贸n otorgado por el centro respectivo, y su tr谩mite no podr谩 durar m谩s de 72 horas una vez aceptada la documentaci贸n.

Art铆culo 25. Licencias extranjeras. Las licencias de conducci贸n, expedidas en otro pa铆s, que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tr谩nsito en el territorio nacional, ser谩n v谩lidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular, conforme a las disposiciones internacionales sobre la materia.

Art铆culo 26. Causales de suspensi贸n o cancelaci贸n. La licencia de conducci贸n se suspender谩:颅

1. Por disposici贸n de las autoridades de tr谩nsito, basada en imposibilidad transitoria f铆sica o mental para conducir, soportado en un certificado m茅dico.

2. Por decisi贸n judicial.

3. Por encontrarse en flagrante estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucin贸genas determinado por autoridad competente.

4. Por reincidir en la violaci贸n  de la misma norma de tr谩nsito en un per铆odo no superior a un a帽o. En este caso la suspensi贸n  de la licencia ser谩 por seis meses.

5. P or prestar el servicio p煤blico de transporte con veh铆culos particulares, salvo cuando el orden p煤blico lo justifique, previa decisi贸n  en tal sentido de la autoridad respectiva.

La licencia de conducci贸n  se cancelar谩:

1. Por disposici贸n  de las autoridades de tr谩nsito basada en la imposibilidad permanente f铆sica o mental para conducir, soportado en un certificado m茅dico.

2. Por decisi贸n  judicial.

3. Por muerte del titular.

4. Reincidencia al encontrarse conduciendo en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucin贸genas determinado por autoridad competente.

5. Por reincidencia en la prestaci贸n  del servicio p煤blico de transporte con veh铆culos particulares sin justa causa.

Par谩grafo. La suspensi贸n  o cancelaci贸n  de la licencia de conducci贸n implica la entrega obligatoria del documento a la autoridad de tr谩nsito competente para imponer la sanci贸n  por el per铆odo de la suspensi贸n  o a partir de la cancelaci贸n  de ella.

La suspensi贸n  de la licencia de conducci贸n  operar谩, sin perjuicio de la interposici贸n  de recursos en la actuaci贸n.

 

....

El Presidente del honorable Senado de la Rep煤blica,

Carlos Garc铆a Orjuela.

El Secretario General del honorable Senado de la Rep煤blica (E.),

Luis Francisco Boada G贸mez.

El Presidente de la honorable C谩mara de Representantes,

Guillermo Gaviria Zapata.

El Secretario General de la honorable C谩mara de Representantes,

Angelino Lizcano Rivera.

REPUBLICA DE COLOMBIA 鈥 GOBIERNO NACIONAL

Publ铆quese y c煤mplase.

Dada en Bogot谩, D. C., a 6 de agosto de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Justicia y del Derecho,

R贸mulo Gonz谩lez Trujillo.

El Ministro de Hacienda y Cr茅dito P煤blico,

Juan Manuel Santos Calder贸n.

El Ministro del Medio Ambiente,

Juan Mayr Maldonado.

El Ministro de Transporte,

Gustavo Adolfo Canal Mor

Proyecto de Reglamentaci贸n:

TITULO III

APTITUD F脥SICA, MENTAL Y DE COORDINACI脫N MOTRIZ

 

ART脥CULO 10.- Para obtener la licencia de conducci贸n por primera vez, recategorizaci贸n, o renovaci贸n, se debe demostrar ante las autoridades de tr谩nsito la aptitud f铆sica, mental y de coordinaci贸n motriz, mediante la presentaci贸n de los respectivos certificados.

 

 

CAP脥TULO I

APTITUD F脥SICA Y MENTAL

 

ART脥CULO 11.-CERTIFICADO DE APTITUD F脥SICA Y MENTAL.- Es el documento mediante el cual se demuestra ante las autoridades de tr谩nsito la capacidad de responder adecuadamente, tanto a nivel cognoscitivo como motor a las exigencias comporta mentales de su entorno. Para obtener este documento el solicitante deber谩 someterse a los siguientes ex谩menes:

 

路        EXAMEN F脥SICO: Deber谩 explorar la integridad y funcionalidad de cada miembro superior por separado, detectando posibles disfunciones y constatando si la existencia de malformaciones o agenesias o amputaciones de los dedos o de la mano, as铆 como la conservaci贸n de las articulaciones de las mu帽ecas, codos y hombros y movimientos del cuello, pueden impedirle a la persona conducir.

 

Con los miembros inferiores se realizar谩 el estudio comparativo de la longitud del desarrollo muscular de ambas piernas y su comportamiento en la marcha con el fin de detectar su integridad y claudicaciones.

路        EXAMEN MENTAL: Prueba cualitativa que eval煤a la capacidad de relacionar pensamientos l贸gicos, inteligencia, coordinaci贸n espacio temporal y soluci贸n de problemas. Para este factor podr谩 utilizarse cualquier instrumento de medici贸n estandarizada o reconocida por el profesional dentro de los que se encuentran los test sistematizados de personalidad.

 

 

ART脥CULO 12.- EXPEDICI脫N DEL CERTIFICADO.- El certificado de Aptitud F铆sica y Mental solo podr谩 ser expedido por un m茅dico debidamente registrado ante el Ministerio de la Protecci贸n Social antes de que entre en funcionamiento en RUNT y ante el RUNT una vez 茅ste empiece a operar, previo el cumplimiento de los requisitos que para el efecto se expidan.

 

ARTICULO 13.- PERSONAS CON LIMITACIONES F脥SICAS. Cuando se trate de un certificado expedido a un aspirante que padezca una limitaci贸n f铆sica parcial, se debe demostrar que 茅ste se encuentra habilitado y adiestrado para conducir con dicha limitaci贸n. El Certificado deber谩 especificar el empleo de instrumentos ortop茅dicos cuando 茅stos sean requeridos.

 

Para el caso de limitaciones f铆sicas progresivas deber谩 especificarse la vigencia de la licencia de conducci贸n, la cual una vez vencida, deber谩 someterse a la pr谩ctica de un nuevo examen.

 

 

CAPITULO II

APTITUD DE COORDINACI脫N  MOTRIZ

 

ART脥CULO 14.- CERTIFICADO DE APTITUD DE COORDINACI脫N MOTRIZ.- Es el documento mediante el cual se demuestra ante las autoridades de tr谩nsito la aptitud de coordinaci贸n motriz para conducir. Para obtener este documento el solicitante deber谩 someterse a los siguientes ex谩menes Psicosensom茅tricos:

 

路       Agudeza visual.

路       Perimetr铆a o campimetr铆a.

路       Visi贸n de profundidad.

路       Visi贸n nocturna.

路       Encandilamiento.

路       Recuperaci贸n al encandilamiento (Tiempo de reacci贸n al encandilamiento).

路       Visi贸n de colores (Discriminaci贸n de colores).

路       Audiometr铆a (Orientaci贸n auditiva).

路       Tiempo de reacci贸n (Tiempo de reacci贸n entre aceleraci贸n y frenado).

路       Coordinaci贸n integral motriz (Manual o bimanual).

路       Phoria horizontal y vertical.

 

ART脥CULO 15.- EXPEDICI脫N DEL CERTIFICADO.- El certificado de Aptitud de Coordinaci贸n  Motriz podr谩 ser expedido por cualquier entidad que est茅 Acreditada como organismo de inspecci贸n para la realizaci贸n de Ex谩menes Psicosensom茅tricos, ante el Sistema Nacional de Normalizaci贸n, Certificaci贸n y Metrolog铆a, ya sea directamente del Organismo de Tr谩nsito o cualquier Prestador de Servicios Particulares.

 

ART脥CULO 16.- ACREDITACI脫N.- Para la acreditaci贸n ante el Sistema Nacional de Normalizaci贸n, Certificaci贸n y Metrolog铆a como organismo de inspecci贸n para la realizaci贸n de Ex谩menes Psicosensom茅tricos, se tendr谩 en cuenta lo establecido en la Circular 脷nica de la Superintendencia de Industria y Comercio, T铆tulo V 鈥 Acreditaci贸n- o aquella que la modifique o sustituya, y el cumplimiento de los equipos e idoneidad para medir los factores a evaluar establecidos en la presente resoluci贸n, con la calibraci贸n peri贸dica de los mismos seg煤n lo establecido en la Gu铆a Referencial del equipo.

 

ART脥CULO 17.- EQUIPOS.- El Organismo de Tr谩nsito o el Prestador de ServiciosParticulares de que trata el art铆culo 15de la presente resoluci贸n,deber谩 contar con los siguientes equipos m铆nimos y el software que le permitan a un operador capacitado adecuadamente, preferiblemente un profesional de la salud, controlar las diferentes etapas de los Ex谩menes Psicosensom茅tricos y registrar simult谩neamente el resultado de estos en forma computacional:

 

1.       NICTOMETRO        : Equipo que mide el tiempo de recuperaci贸n al encandilamiento, capacidad de visi贸n nocturna y capacidad de visi贸n encandilada.

 

2.       REACT脥METRO        : Programado para establecer en forma digital el tiempo promedio que transcurre entre que se deja de acelerar y se aplican los frenos en un veh铆culo. Indica adem谩s aceleraci贸n y frenadas err贸neas.

 

3.       AUDI脫METRO        : Mide la capacidad de orientaci贸n auditiva percibiendo a trav茅s de fonos parlantes o cabina silentes, con frecuencias que van de 500 a 8.000 ciclos en uno o ambos o铆dos.

 

4.       PROBADOR DE VISI脫N CERCANA Y LEJANA: Equipo provisto de 贸ptica prism谩tica y acrom谩tica de dise帽o computacional que mide la agudeza visual, campimetr铆a, discriminaci贸n de colores, visi贸n en profundidad, phoria horizontal y vertical.

 

5.        EQUIPO PARA TEST DE COORDINACI脫N INTEGRAL MOTRIZ MANUAL: Detecta las fallas 贸 bloqueos en la Atenci贸n yConcentraci贸n respondiendo a una serie de est铆mulos visuales y/o auditivos presentados de manera mon贸tona y repetitiva.

 

6.        EQUIPO PARA TEST DE  COORDINACI脫N INTEGRAL MOTRIZ  BIMANUAL: Eval煤a la funci贸n motora en ambas manos, con movimientos de coordinaci贸n y disociaci贸n (se tiene en cuenta el tiempo en el error).

 

7.        SOFTWARE: Software especializado en el registro, manejo y control de la evaluaci贸n psicosensom茅trica, el cual debe integrar simult谩neamente los resultados de la evaluaci贸n generada en los equipos, compararlos gr谩fica y num茅ricamente contra los par谩metros establecidos para la aprobaci贸n de las pruebas fijadas en el Art铆culo 18 de esta resoluci贸n, imprimir un reporte que identifique plenamente el nombre y apellido del evaluado, edad, n煤mero del documento de identificaci贸n, sexo y foto. Este software debe permitir adem谩s, mantener los registros hist贸ricos de los resultados de las evaluaciones.

 

 

ART脥CULO 18.- RANGO DE APROBACI脫N DE LAS PRUEBAS: Los par谩metros establecidos para la aprobaci贸n de las pruebas psicosensom茅tricas ser谩n los siguientes:

 

 

SERVICIO P脷BLICO

SERVICIO PARTICULAR

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

AGUDEZA VISUAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Visi贸n en ambos ojos 0.8  贸 m谩s con la mejor correcci贸n

 

0.6 o m谩s binocular, con ambos ojos a la vez. No obstante lo anterior, trat谩ndose de aspirantes que padezcan una p茅rdida funcional total de la visi贸n de un ojo o que utilicen solamente uno, deber谩n poseer una agudeza visual de al menos 0.7 en el mejor o 煤nico ojo.

 

Para los efectos de esta norma, se acepta la agudeza visual corregida.

 

En todo caso, los aspirantes que sin correcci贸n posean una agudeza visual binocular de 0.6, o 0.7 en el caso de visi贸n monocular, deber谩n utilizar lentes correctores que aumentan su agudeza visual.

 

 

 

PERIMETR脥A(Campimetr铆a)

 

 

Campo visual igual o superior a 70 grados para cada ojo en posici贸n de mirada derecha al frente, tomando como referencia un punto de fijaci贸n.

 

 

 

Campo visual igual o superior a 120 grados en el plano horizontal en medici贸n binocular, o con el mejor o 煤nico ojo en el caso de visi贸n monocular.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VISI脫N DE PROFUNDIDAD

 

搂       4 aciertos en 5 pruebas al visualizar objetos, como desplazados en un mismo plano horizontal, con una separaci贸n d 4.0 cm desde la distancia para el instrumento (retroproyectado) o bien,

 

搂       4 aciertos en 5 pruebas al alinear los objetos en el mismo plano horizontal con una tolerancia m谩xima de 4.0 cm desde la distancia establecida para el instrumento (visi贸n directa), o bien,

 

搂       80% de aciertos en las figuras de la l谩mina de estereopsis, con balance muscular normal (Probador de Visi贸n o Visi贸n Tester)

 

搂       3 aciertos o m谩s en 5 pruebas de instrumento (retroproyectado o de visi贸n directa), o

 

搂       60% de aciertos en las figuras de la l谩mina de estereopsis, con balance muscular normal (Probador de Visi贸n o Visi贸n Tester)

 

No obstante lo anterior, trat谩ndose de personas con visi贸n monocular, la no aprobaci贸n de esta norma se considerar谩 como deficiencia no grave; en todo caso, y siempre que el m茅dico lo considere necesario, podr谩 requerir ex谩menes especiales para comprobar que ha habido un periodo suficiente de adaptaci贸n de la visi贸n del aspirante.

 

 

 

 

VISI脫N NOCTURNA

 

 

Capacidad para distinguir figuras con valores de 35 o menos candelas (cd) de iluminaci贸n, en escala de 0 a 100 cd.

 

 

 

Capacidad para distinguir figuras con valores de 35 o menos candelas (cd) de iluminaci贸n, en escala de 0 a 100 cd.

 

 

 

ENCANDILAMIENTO

 

Capacidad  para distinguir figuras con valores de 45 o menos candelas (cd) de iluminaci贸n, en escala de 0 a 100 cd.

 

 

Capacidad  para distinguir figuras con valores de 45 o menos candelas (cd) de iluminaci贸n, en escala de 0 a 100 cd.

 

RECUPERACI脫N AL ENCANDILAMIENTO

 

 

M谩ximo 5 segundos en recuperarse

 

M谩ximo 5 segundos en recuperarse

VISION DE COLORES (Discriminaci贸n de colores)

 

Reconocer permanentemente los colores rojo, verde y amarillo.

 

 

Reconocer permanentemente los colores rojo, verde y amarillo.

 

 

 

AUDIOMETR脥A (Orientaci贸n auditiva)

 

Como audici贸n m铆nima un promedio de 80 decibeles o menos, en las frecuencias de 500, 1000 y 2000 ciclos por segundo. Si el aspirante no aprueba esta norma deber谩 considerarse como deficiencia no grave.

 

 

Como audici贸n m铆nima un promedio de 80 decibeles o menos, en las frecuencias de 500, 1000 y 2000 ciclos por segundo. Si el aspirante no aprueba esta norma deber谩 considerarse como deficiencia no grave.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TIEMPOS DE REACCI脫N (Coordinaci贸n entre

aceleraci贸n y frenado)

 

搂       0,43 segundos o menos, en el tiempo medio de respuesta en un m铆nimo de 10 est铆mulos. (Si se utiliza React铆metro simple).

 

 

搂        6,20 segundos o menos, como tiempo acumulado en 15 est铆mulos. (Si se utiliza React铆metro Compuesto).

 

 

搂       0,75 segundos o menos en el Tiempo Medio de Respuesta, 5 o menos en el N煤mero de Confusiones ante Est铆mulo, 1 o ninguno en el N煤mero de Est铆mulos Sin Responder.

 

搂       0,43 segundos o menos, en el tiempo de respuesta en un m铆nimo de 10 est铆mulos.  (Si se utiliza React铆metro Simple).

 

搂       6,20 segundos o menos, como tiempo acumulado en 15 est铆mulos.(Si se utiliza React铆metro Compuesto).

 

搂       0,75 segundos o menos en el Tiempo Medio de Respuesta, 5 o menos en el N煤mero de Confusiones ante Est铆mulo, 1 o ninguno en el N煤mero de Est铆mulos Sin Responder.

 

 

 

 

 

 

 

COORDINACI脫N INTEGRAL MOTRIZ MANUAL

 

搂       76 aciertos como m铆nimo, en un ciclo de 100 puntos. (Si utiliza un equipo electr贸nico).

 

搂       No inferior a 24 puntos positivos, 23 errores y un tiempo de permanencia positivo de 4 segundos, a 30 revoluciones por minuto durante 30 segundos. (Si utiliza equipo electromec谩nico).

 

 

搂       Igual o menos de 3000 cent茅simas de segundo en el Tiempo en Error Total; e igual o menos de 60 en el N煤mero de Errores  Totales de la mano h谩bil (Si utiliza un equipo polireact铆metro)

 

搂       76 aciertos como m铆nimo, en un ciclo de 100 puntos. (Si utiliza un equipo electr贸nico).

 

搂       No inferior a 24 puntos positivos, 23 errores y un tiempo de permanencia positivo de 4 segundos, a 30 revoluciones por minuto durante 30 segundos. (Si utiliza equipo electromec谩nico).

 

搂       Igual o menos de 3000 cent茅simas de segundo en el Tiempo en Error Total; e igual o menos de 60 en el N煤mero de Errores  Totales de la mano h谩bil (Si utiliza un equipo polireact铆metro)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

COORDINACI脫N INTEGRAL MOTRIZ BIMANUAL

 

搂       Igual o menos de 161 errores y 28 segundos de duraci贸n de los errores en un tiempo igual a 4.5 minutos como m谩ximo. (Si utiliza equipo electr贸nico).

 

 

搂       Igual o menos de 12 errores y 5 segundos de duraci贸n de los errores, en 60 segundos de duraci贸n del examen. (Si utiliza equipo electromec谩nico).

 

 

搂       Igual o menos de 7016 cent茅simas de segundo en el Tiempo en Error Conjunto Total; e igual o menos de 115 en el N煤mero de Errores Conjuntos Totales (Si se utiliza equipo polireact铆metro).

 

 

搂       Igual o menos de 161 errores y 28 segundos de duraci贸n de los errores en un tiempo igual a 4.5 minutos como m谩ximo. (Si utiliza equipo electr贸nico).

 

搂       Igual o menos de 12 errores y 5 segundos de duraci贸n de los errores, en 60 segundos de duraci贸n del examen. (Si utiliza equipo electromec谩nico).

 

 

搂       Igual o menos de 7016 cent茅simas de segundo en el Tiempo en Error Conjunto Total; e igual o menos de 115 en el N煤mero de Errores Conjuntos Totales (Si se utiliza equipo polireact铆metro).

 

 

 

 

 

PHORIA HORIZONTAL

 

Realizado en visi贸n binocular, el desplazamiento no debe ser mayor al 60% hacia la derecha o hacia la izquierda respecto al plano central, observado en la l谩mina de inbalances musculares del Probador de Visi贸n.

 

Realizado en visi贸n binocular, el desplazamiento no debe ser mayor al 60% hacia la derecha o hacia la izquierda respecto al plano central, observado en la l谩mina de inbalances musculares del Probador de Visi贸n.

 

 

 

 

 

 

PHORIA VERTICAL

 

Realizado en visi贸n binocular, el desplazamiento no debe ser mayor al 33% hacia arriba o hacia abajo respecto al plano central, observado en la l谩mina de inbalances musculares del Probador de Visi贸n.

 

 

Realizado en visi贸n binocular, el desplazamiento no debe ser mayor al 33% hacia arriba o hacia abajo respecto al plano central, observado en la l谩mina de inbalances musculares del Probador de Visi贸n.

 

 

 

T脥TULO IV

DISPOSICI脫N FINAL

 

ART脥CULO 19.- TRANSITORIEDAD.- El Ministerio de Transporte autorizar谩 para prestar el prestar el servicio de evaluaci贸n psicosensom茅trica en forma provisional a los organismos de tr谩nsito o a los prestadores de servicios particulares hasta el __________________, tiempo requerido por el Sistema Nacional de Normalizaci贸n, Certificaci贸n y Metrolog铆a para establecer y expedir la acreditaci贸n correspondiente, certificando previamente ante el Ministerio de Transporte que se encuentra en tr谩mite el proceso de Acreditaci贸n.

 

ART脥CULO 20.-  EXIGIBILIDAD.- Los ex谩menes a que se refiere la presente resoluci贸n ser谩n exigibles a partir del ___________________. En el entre tanto, se mantendr谩 vigente lo establecido sobre el particular en el Acuerdo 051 de 1993.

 

ART脥CULO 21.- VIGENCIA.- La presente resoluci贸n empezar谩 a regir a partir de la fecha de su publicaci贸n.

 Psicosensometrico, psicosensom茅trico, bater铆a, prueba doble laberinto, test bonardel,  Ex谩men de aptitud mental y de coordinaci贸n motriz, Evaluaci贸n audiovisual y de coordinaci贸n motriz, Aptitud audiovisual y de coordinaci贸n psicomotriz, valuaci贸n Psicosensom茅trica, Evaluaci贸n Psicof铆sica, psicof铆sico,Evaluaciones Tr谩nsito, Examenes Licencias de Conducci贸n, Examenes para Pases, Evaluaci贸n conductores, Ex谩men Psicosensom茅trico, Evaluaci贸n Psicosensom茅trica, Ex谩men de aptitud psicosensom茅trica, Examenes Psicosensom茅tricos, Pruebas Psicosensom茅tricas, Evaluaci贸n de Coordinaci贸n motriz, Examenes de coordinaci贸n motriz, Evaluaci贸n Psicomotriz, Pruebas Psicom茅tricas, Pruebas Sensom茅tricas, Sistema para evaluaci贸n de aptitudes psicosensom茅tricas, Evaluaci贸n Psicosensom茅trica para estudiantes, Evaluaci贸n Psicosensom茅trica para empleados, Evaluaci贸n Psicosensom茅trica para conductores, Psicosensom茅trica, Psicof铆sica, Psicomotriz, Psicom茅tricas, Sensom茅tricas, Psicot茅cnica, psicologica, psicol贸gico, visi贸n diurna, visi贸n nocturna, agudeza visual, audiovisual, coordinaci贸n motriz, coordinaci贸n psicomotriz, capacidad audiovisual, capacidad de visi贸n, orientaci贸n auditiva, encandilamiento, evaluaci贸n, examenes, pruebas, licencias tr谩nsito, licencias conducci贸n, phoria , campimetr铆a, Perimetr铆a, a-prueba, TSP, IST, ingenetics, evalua-t, eval煤ate, bogota, colombia, STT, PTT, transito transporte, conductores, pase, atencion concentrada, resistencia a la monoton铆a, velocidad de anticipaci贸n. Argentina, Buenos Aires, Espa帽a, madrid, Francia, Par铆s, Chile, Santiago,

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